Páginas

2.2.16

Si algo esta basado en fraude su aplicación es también fraudulenta e inaplicable

ORIENTACIONES PARA DEJAR DE SER ESCLAVOS
A través de una maquiavélica manipulación de la gramática se nos ha hecho creer que actas, estatutos, normas y regulaciones que se aplican en comercio, y a las empresas y a sus empleados, nos son aplicables también como ciudadanos particulares. Este proceder es un genuino fraude de ley, pero la falta de conocimiento de la mayoría lo ha perpetuado. El Derecho es un gigantesco telón que oculta que, en realidad, el juez no ejerce justicia, “administra justicia”, lo que en realidad significa que impone preceptos normativos.

Si vamos a la raíz del problema, encontramos cuatro principios básicos del derecho que provocan una restricción mental a nuestra libertad:

1 - Los principios universales del derecho, que son pura logica, por ejemplo:

Donde hay una obligación, hay un contrato (P. ej.: ¿estamos obligados a pagar impuestos? ¿en serio? Falso, pero te lo hacen creer).

La suerte de lo principal, la sigue lo accesorio

Si algo esta basado en fraude su aplicación es también fraudulenta e inaplicable.

2 - Principios universales/generales del contrato:
Todo son contratos, y manipulando la gramática te hacen creer que tienes que pagar impuestos,  … ademas, el dinero es un fraude, por tanto con mayor razón, si hay fraude, no hay ninguna ley que permita el fraude, sino solo normativas contractuales (bajo contrato). Ademas tienen que ser universales o generales, porque también existen los particulares…
3 - El Código Civil:
Es la ley suprema española, superior a la Constitución. Como básicamente es derecho contractual, explica como debieran funcionar los contratos dentro del Estado Español.
4 - La gramática en sí:
La definición de las palabras, las palabras por si mismo tienen fuerza, pero los legalistas usando su “magia negra legalista” hacen que una palabra x con 2 significados pueda tener 3 o 4 en usos contractuales (un nuevo uso). Para ver esto con claridad basta contrastar el Diccionario de la Lengua con un diccionario legal … a ser posible un diccionario legal en inglés, como Blacks law y/o bouvier para apoyo.
Respecto al punto 3, y ante el más que probable respingo que haya podido dar más de un lector, conviene aclarar que cuando una normativa es anterior a otra, es válida la normativa más antigua, por mucho que hayan cambiado conceptos. Por ejemplo en el código civil, hay el concepto: evicción, (eviction en ingles) que es desahucio, pero la ultima vez lo cambiaron de nombre. En otras leyes estatales (normas internas estatales) se utiliza desahucio u otro concepto como ejecución hipotecaria creo, que a la par son o parecen lo mismo, pero el concepto antiguo es el que suele ser mas valido y mas puro. Por ejemplo en lengua inglesa legal, un concepto x, han ido cambiando su definición por motivos prácticos (para ir de listos) durante varias veces en 2 siglos o han ido haciendo que dicho concepto x, sea sinónimo de un concepto y, pero en el fondo son distintos. Por ejemplo: Justificar y explicar llegara un día que lo igualaran en significado, cosa falsa porque no son iguales, pero esos son los trucos de los legalistas, así confunden mas y más, en el mundo legal.
La ley / Código Civil de 1889 regulará al Estado creado después de dicha ley. Ya sea en 1960, 1980, etc… La ley / Código Civil de 2015 regulara (en teoría seria la base legal) del Estado creado después de 2015. Los jueces al final acaban yendo al Código Civil para cualquier duda, pero ahí el engaño, el Código Civil es referencia legal (una de las llamadas fuentes del derecho donde se acude ante cualquier duda), eso me faltó decírtelo antes… Y muchos abogados y jueces intentarán evitar el Código Civil ante cualquier duda, porque se les acabaría el chollo; porque, por ejemplo, según el Código Civil las evicciones/desahucios/ejecuciones hipotecarias, están prohibidas: El art 1857 del Código Civil dice: El acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas. Eso significa que están prohibidas las daciones en pago y los desahucios. Además se ahorrarían millones de € en juicio, abogados, etc… porque apelando a este articulo, el juicio habria acabado en menos de 10 min.
En síntesis, el codigo civil es de 1889 y se aplica a cualquier entidad (persona legal corporacion-institucion)  creada despues de 1889, sea Estado, Corporacion Municipal, etc… por tanto la ley suprema española (ley contractual, no lo olvidemos) es el Código Civil, incluso si el estado cambia el Codigo Civil en el 2015  se seguira aplicando la version anterior, digan lo que digan. La razón es que el estado es una empresa, y como toda empresa tiene que ser creada mediante derecho civil. Al crearla se establecen sus estatutos, que tambien se llaman Constitucion (de constituir), y es en ellos donde se establece su funcionamiento…
La CONSTITUCION es la NORMA SUPREMA DEL ESTADO (pero no es ley, una ley no puede ser aprobada por una institucion sin el consentimiento explicito de los hombres), y cualquier empresa puede aplicar normas, estatutos, actas, etc… a sus empleados, por tanto cualquier norma del Estado solo se aplica a sus trabajadores (al igual que cualquier norma de Repsol o Telefonica, se aplica solamente a sus respectivos trabajadores).
Ademas el Boletin Oficial del Estado, es un Boletin interno de la Empresa llamada Estado, no es publico (ni tiene poder publico) por mucho que se empeñen. Seria mas público (tendria mas poder publico y autoridad, para que se me entienda), si se llamase Boletin Nacional de España (las palabras tienen valor por si mismo).
Pero aqui la sorpresa, el documento con MAS PODER PÚBLICO (que tiene mas valor a nivel nacional) es cualquier documento de un español validado por un notario (en inglés se llama Affidavit al doc. notarial que dan fe publica) puesto que son los notarios los que dan FE de documento publico.
Ademas, mas sorpresas, según el titulo VIII de la Constitucion, tú puedes extinguir cualquier “sociedad civil” (empresa, corporacion, etc…) de duracion indeterminada, y eso se hace mediante un documento de fe, de forma muy razonada y justificada, etc… (lo que se dice liquidar, legalmente, el Estado Español de la constitucion de 1978) y ningún juez de Derecho Civil (en cualquiera de sus variantes) puede objetar… solo el juez de derecho natural.
El motivo de esto, es que en el preámbulo de la Constitucion vienen quienes son sus socios. No hace falta documento original. Si quieres mas info sobre los Affidavits ya hechos por españoles, pasate por aqui: laovejavaliente.wordpress.com  y contacta con Ramon y Geli mediante email y mira sus webs.
2ª Parte

Hace falta entender muchísimos conceptos.

El principal es que el hombre, siempre que lo haga de forma libre, justa, de buena fe, respetando a los demás, y la paz (valores humanos, y principios del contrato y del derecho a tener en cuenta) es generador de derecho, no está sujeto ni es objeto de las normas jurídicas de un ente ficticio.

También entender que un ente que no existe no puede dictar normas que te atañen a ti sin tu consentimiento por escrito (es uno de los principios del contrato) y tambié de buena fe (otro de dichos principios), como es el Estado, por tanto damos el consentimiento implícito mediante el silencio, con cada aplicación de las leyes, y con cada imposición u orden de los agentes de la ley.

Otro de los conceptos, es que un ente que no existe como es el Estado (el Estado es una empresa/corporacion/institucion/ sociedad civil/persona legal) es una “persona” creada bajo derecho civil-contractual, sino no existiría, por tanto si no hay consentimiento, dicho estado no existiría (los mismos principios aplicados a la creacion de cualquier otra empresa).

El concepto de persona y personalidad: Una persona en la antigua Grecia era un ser humano con una mascara para interpretar un rol, y se aplica a que es un ser humano con capacidad de interactuar en la “sociedad civil” y tiene personalidad juridica, al igual que una persona artificial, tiene tambien personalidad juridica para con el Estado (basicamente pagar impuestos) y tienen casi los mismos derechos (Derechos civiles, ojo!!) que tu y que yo, asi es!.

Sin “personalidad” una persona natural (llamado ciudadano) o una persona legal (llamada empresa, etc…) no pueden interactuar en un juicio civil, ya que necesitan un certificado de que ambas existen, dicho certificado es el registro (y los correspondientes documentos legales de sus actividades).

El concepto de Derecho Civil: El derecho civil es un derecho basado en contrato, para ello hace falta crear una corporacion (el estado) mediante contrato (la constitucion es un contrato/estatuto/documento fundacional empresarial), que crea un estado u otra empresa donde se compromete a unas cláusulas (o Articulos) y también se establece su estructura y acuerdo de funcionamiento basico (luego se implementan normativas internas como la ley electoral, etc…).

Tambien los juicios, al ser mediante contrato y sin consentimiento, si no has hecho daño a nadie, ni has matado a nadie ni has roto la paz de la comunidad, es una invitacion para el pago de una contribucion (una oferta de servicio), aunque la invitacion haya sido por consumir drogas, ir exceso de velocidad (por ej. subir en 20 km/h varias veces), etc… Al igual que las multas de trafico, multas por tener las luces rotas, o por desacato a la autoridad si no hay base real (que un policia se lo invente), o no consentir el dar la informacion a un policia, si lo hace de manera brusca.

Además en temas de juicio, hay que apelar al Derecho Natural, como cliente tienes elección, y ellos no tienen autoridad ni contrato para obligarte.

El concepto de autoridad y jurisdiccion: La autoridad viene de autor (mejor ver el diccionario para su concreta definicion) y jurisdiccion (dicción de la justicia, donde o de que tipo de justicia se trata), si la jurisdiccion es civil, administrativa, etc… y no has hecho los supuestos anteriores de matar, hacer daño, etc… no hay jurisdiccion sobre el ser humano. Además se le pueden pedir al juez pruebas de dicha autoridad y jurisdiccion sobre uno, si no los demuestra, ni consientes, la mayor autoridad es el ser humano juzgado.

El concepto de juramento: Cuando alguien jura, tiene la obligacion de seguir dicho juramento. Como el 99% de los trabajadores públicos han jurado la constitucion, si no la aplican, entonces actúan de forma ilegal, y se le puede pedir a la policia que los detengan por fraude, abuso de autoridad, etc… (ver mejor legalidad inglesa y el diccionario para las acusaciones).

El concepto de Policía-Agente de la ley-De Paz: Un Policía o Guardia Civil es agente de la ley, si viene a prevenir desordenes en la paz de la comunidad, si viene a poner multas, por orden de un politico de turno o pedir la documentacion sin base de sospecha de un “delito auténtico”, entonces actúa como persona privada (recaudador de impuestos, o trabajador privado del politico), y no tiene autoridad sobre nadie. y se le puede denunciar. Si encima el juez no acepta dicha denuncia, pues se le puede recusar, por prevaricacion.

El concepto de abogado: Un juicio civil no es ningún juicio, está basado mas bien en un juego de tenis, en donde solo hay dos posibilidades, y hay conceptos gramaticales o contractuales no vistos, o donde por ejemplo un delito x tiene una duracion determinada (prescribe). Para ello, en teoría y por obligacion hace falta un abogado, que es un actor mas (Actúa como en una obra de teatro) frente al juez… pura retórica.

El concepto de derecho natural: En derecho natural el juez impone justicia, no arbirtra ni juega a ser banquero imponiendo multas, ademas no hace falta tener abogado ni nada, simplemente hacen falta que las partes aporten pruebas, y actúen de buena fe. En derecho natural, uno tiene libertad de movimiento, y no tiene que dar mas cuenta a nadie mas que su conciencia, y el hombre tiene derechos inherenetes e inalienables (nadie te los puede quitar), si no haces daño a su entorno.

Dicho derecho natural aparece en la constitucion en el articulo 10.1 pero nunca se menciona en ningun otro sitio, ni en ningun juicio apenas para no dar ideas, ya que el derecho civil actua como un derecho esclavista.

El concepto de orden: Las órdenes de cualquier tipo tienen que basarse en un contrato o en un acuerdo para formularse como tales, por tanto si la policía da una orden, tienen que tener un contrato o un tipo de pedido.

El concepto de UNDERSTAND: Esto es muy básico para entenderlo todo, en inglés la policía de forma sutil te dice: “Do you UNDER-STAND= do you STAND UNDER the contract? O sea que te pregunta si entiendes tus derechos, pero de forma sutil te dice si te sometes al contrato.

El concepto de “Cómo se declara usted: culpable o inocente” en los juicios de derecho inglés (también derecho civil): La respuesta mas lógica conociendo todo esto es (traducido): Yo no consiento y renuncio a los beneficios. (no consientes el contrato con el juez, y no te interesan los beneficios de sus decisiones comerciales).

El concepto de hibridacion legal y el “color de las leyes”: La hibridacion legal es la mezcla que hacen en muchos derechos entre derecho natural y derecho civil-comercial, totalmente injusto, solo hay que apelar a los contenidos del derecho natural. El concepto del color de las leyes, es que las leyes cambian según quienes las interpreten… las leyes no son para interpretar, ni ser flexibles, sino no son leyes. Ademas las leyes han de ser breves y justas.
__________________________________________________________________

fpmadlax. - (Comentario publicado en http://elrobotpescador.com/)

Fuentes:

No hay comentarios:

Publicar un comentario