PLANEAN ELIMINAR LOS DERECHOS HUMANOS
En el Reino Unido aplicarán reformas a los no vacunados ‘Por Un Bien Mayor’
El gobierno británico quiere reformar la legislación sobre
derechos humanos tras nuestro divorcio con la UE. Quieren sustituir la Ley de
Derechos Humanos por una Carta de Derechos moderna, “que refuerce nuestras
libertades en el marco del Estado de Derecho, pero que también establezca una
delimitación más clara de la separación de poderes entre los tribunales y el
Parlamento”.
En diciembre presentaron
un documento: una consulta para reformar la Ley de Derechos Humanos de
1998. Estoy a favor de la reforma, si se hace por las razones correctas y de la
manera correcta, pero hay algunas partes preocupantes del documento que voy a
repasar a continuación.
En la página 35 se habla de “una ‘cultura de los derechos’ que desplaza la responsabilidad personal y el interés público”. Dice que “el marco internacional de los derechos humanos reconoce que no todos los derechos son absolutos y que los derechos de un individuo pueden necesitar ser equilibrados, ya sea contra los derechos de otros o contra el interés público más amplio.
Muchos de los derechos de la Convención son “cualificados”, reconociendo explícitamente la necesidad de respetar los derechos de los demás y las necesidades más amplias de la sociedad”.Estoy seguro de que todos estamos de acuerdo en que debemos
respetar los derechos de los demás y considerar las necesidades más amplias de
la sociedad. Sin embargo, estas consideraciones no deben prevalecer sobre los
derechos individuales, que deben seguir siendo fundamentales en una sociedad
libre. Cualquier conversación sobre el cambio de leyes o la eliminación de los
derechos del individuo por el bien mayor, el interés público o las necesidades
de la sociedad, nunca ha dado buenos resultados”.
El documento continúa. “La idea de que los derechos van
acompañados de deberes y responsabilidades está arraigada en la tradición de
libertad del Reino Unido, pero también se refleja en las calificaciones de la
Convención y es explícita en el artículo 29 de la Declaración de Derechos
Humanos de la ONU (“Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto
que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”). Sin
embargo, la creciente confianza en las reclamaciones de derechos humanos a lo
largo de los años ha conducido a una cultura de derechos desvinculados de
nuestras responsabilidades como ciudadanos, y a un desplazamiento de la debida
consideración del interés público más amplio”.
Continúa describiendo ejemplos de presos que utilizan las
leyes de derechos humanos para impugnar decisiones cuando ellos mismos
“mostraron un flagrante desprecio por los derechos de los demás”.
No estamos en el patio del colegio, pero es evidente que no
se ha aprendido la lección de la infancia: ¡dos errores no hacen un derecho!
Entonces, si alguien muestra desprecio por los derechos de los demás, ¿no se le
permite tener derechos humanos a sí mismo?
Para cada caso que describe, menciona los mediocres
honorarios legales que el gobierno tiene que pagar, incluso cuando el
demandante pierde el caso. El gobierno acaba de condonar 4.300 millones de
libras en préstamos de Covid a los defraudadores, así que estoy seguro de que
les sobran unos cuantos millones para garantizar el cumplimiento de los
derechos humanos de todos (sean o no delincuentes).
La sección concluye: “Aunque los derechos humanos son
universales, una Carta de Derechos podría exigir a los tribunales que tuvieran
más en cuenta el comportamiento de los demandantes y el interés público más
amplio a la hora de interpretar y equilibrar los derechos cualificados. En
términos más generales, nuestras propuestas también pueden establecer con mayor
claridad hasta qué punto el comportamiento de los demandantes es un factor que
los tribunales tienen en cuenta a la hora de decidir qué tipo de recurso, si lo
hay, es el adecuado. Esto garantizará que las responsabilidades de los
demandantes, y los derechos de los demás, formen parte del proceso de
presentación de una demanda basada en la violación de un derecho humano”.
Así que, aunque los derechos humanos son universales, en
realidad no lo son si los tribunales consideran que has sido un niño muy
travieso y no has pensado en los demás. Bien, procesa a alguien si ha hecho
algo ilegal sin pensar en los demás, pero no utilices su comportamiento como
razón para eliminar sus derechos humanos.
Ahora puedes pensar que eso no es tan malo, probablemente
estemos hablando de criminales violentos. Puede que sea así, pero, en primer
lugar, todo el mundo merece los derechos humanos y, en segundo lugar, puede que
se empiece por los delincuentes violentos, pero luego ¿quiénes son los
siguientes? Con los medios de comunicación y los políticos llamando
constantemente a los no vacunados “egoístas” y que deberían vacunarse para
proteger a los demás y por el bien común, es totalmente factible que tus
derechos humanos sean negados si no estás vacunado. Estás actuando en contra
del interés público y, por lo tanto, esos derechos deben equilibrarse con los
tuyos.
En la página 79 se analiza qué derechos son “cualificados”
y, por tanto, “pueden equilibrarse con los derechos de los demás y las
necesidades de la sociedad en general”. Estos derechos incluyen el derecho al
respeto de la vida privada y familiar; la libertad de pensamiento, conciencia y
religión; la libertad de expresión; y la libertad de reunión y asociación”.
Y continúa: “Queremos que las decisiones relativas a los
derechos humanos se tomen de forma justa y equilibrada, que tenga en cuenta las
necesidades del individuo que ha reclamado que sus derechos han sido
infringidos, pero que también garantice la debida consideración de los derechos
de los demás y los diversos intereses de la sociedad en su conjunto”.
Además, “hay otros derechos en el Convenio, conocidos como
derechos “limitados”, que pueden estar sujetos a restricciones, como el derecho
a la libertad y la seguridad y el derecho a un juicio justo. En general, en el
ámbito de los derechos cualificados y limitados, el Gobierno considera que, si
bien los tribunales deben determinar la aplicación de los derechos a los hechos
particulares de cada caso, cuando el Parlamento haya expresado su clara
voluntad sobre cuestiones complejas y diversas relacionadas con el interés
público, ésta debe respetarse”.
Todo esto es escalofriante. Así que si el Parlamento decide
que la vacunación obligatoria (una cuestión compleja y diversa) es de interés
público y alguien no está vacunado, entonces puede perder sus derechos,
incluyendo la libertad y un juicio justo? Además, los tribunales ni siquiera
pueden opinar sobre si la supresión de esos derechos es adecuada o no.
Las respuestas pueden presentarse hasta el 8 de marzo y
recomiendo a todos los profesionales del derecho, expertos y académicos en
derecho de los derechos humanos, defensores de los derechos humanos y cualquier
persona interesada en los derechos humanos que lo hagan. Si los cambios
propuestos se promulgan, estaremos descendiendo por una pendiente resbaladiza.
The Naked Emperor
Ese es el camino, lo hacen todo "por nuestro bien" incluso matarnos lo hacen por nuestro bien.
ResponderEliminarLos Anglos y demas gentucerio son expertos en decir una cosa pero justificar y hacer, exactamente la contraria
La Libertad, la Igualdad, la Justicia, la Verdad, blablabla solo son palabras a las que pueden cambiar el significado