NUEVAS FILTRACIONES DEL TTIP
Las amenazas que el tratado supone
para la democracia y la soberanía popular
Dos versiones de documentos filtrados recientemente, sobre la propuesta de la Comisión Europea para un capítulo de "cooperación reguladora", muestran cómo los negociadores del TTIP intentan modificar los procesos de toma de decisiones para "eliminar barreras" al comercio y las inversiones, sin consideración por el impacto que esto pueda tener sobre las personas, la soberanía popular y el medio ambiente.
TTIP: Regulaciones maniatadas
Una nueva filtración de las negociaciones del tratado trasatlántico de comercio (TTIP) muestra que la Comisión Europea está decidida a constreñir las regulaciones encaminadas a proteger el interés público - incluidas las que puedan llevar a cabo las autoridades regionales.
Por: Kenneth Haar (Corporate Europe Observatory) y Max Bank (LobbyControl)
Desde diciembre de 2013, ONGs, movimientos sociales y políticos han criticado (enlace) duramente la propuesta de la Comisión Europea acerca de la "cooperación regulatoria" en el TTIP. Argumentan que en uno de los documentos de posición (enlace), filtrado entonces, se sugería que la Comisión estaba abriendo la puerta a la influencia masiva de las grandes corporaciones para que estas pudieran influir en futuras leyes. Ahora, un documento filtrado (enlace) muestra que la Comisión mantiene esta intención, y nada sugiere que esté teniendo en cuenta las preocupaciones de la sociedad civil.
En un documento previo (enlace), de diciembre de 2014, la Comisión va incluso más lejos, y llega a sugerir que se limite el espacio político de las autoridades municipales y locales. A pesar de que esta idea ha sido duramente criticada y puede no llegar a formar parte de la posición de la Unión Europea, es un signo de que la cooperación en materia de regulación puede llegar a extenderse a prácticamente todos los campos y puede convertirse en una amenaza clara para la democracia.
El propósito de la cooperación regulativa.
La "cooperación regulatoria" describe un proceso en el cual se alinean las regulaciones existentes a ambos lados del Atlántico, para asegurar que los bienes que se produzcan en un lado puedan exportarse al otro sin demasiadas trabas. En la práctica, esto podría afectar a la regulación de gran cantidad de productos, desde los estándares alimenticios hasta la seguridad química. De hecho, es una propuesta estratégicamente importante, puesto que permite solventar algunos de los aspectos más controvertidos del TTIP después de que el tratado se haya cerrado y el escrutinio público haya bajado su intensidad, proporcionando con ello una oportunidad para que las grandes corporaciones puedan influenciar las nuevas regulaciones. Y eso a pesar de que la Comisión ha venido argumentando que su propuesta acerca de cooperación regulativa con respecto al TTIP no es más que un diálogo racional encaminado, por ejemplo, a evitar que hayas leyes duplicadas a ambos lados del Atlántico, y que no restringiría la capacidad de los reguladores y de los legisladores para perseguir objetivos de interés público. También se ha señalado repetidamente que sus propuestas no darían un tratamiento privilegiado a los grupos corporativos.
Esta retórica no ha acallado, sin embargo, las críticas (enlace), puesto que siempre ha habido un enorme salto entre los documentos de la Comisión preparados para el consumo público y los textos reales de las negociaciones que han ido emergiendo a través de filtraciones. Las recientes filtraciones de nuevas propuestas de diciembre de 2014 y enero de 2015 no solo confirman la veracidad de las críticas, sino que incluso en un par de puntos muestran que la verdadera posición de la Comisión en la negociación era todavía peor de lo que los críticos imaginaban. Dado que este documento es un texto legal, mientras que el previo no era más que un documento de posición, parece que los negociadores de la Unión Europea han consolidado su posición sobre el asunto.
La cooperación regulativa es un proyecto de las grandes corporaciones.
La cooperación regulativa es de enorme importancia para los grandes grupos de presión (lobbies) empresariales de ambos lados del Atlántico. A finales de 2012, BusinessEurope y la Cámara de Comercio de Estados Unidos tuvieron varias reuniones con la Comisión de la UE para impulsar sus propuestas (enlace). Entienden que esto suaviza las divergencias de las leyes a largo plazo (sea en las regulaciones de la industria alimentaria, en la aprobación de los productos químicos, o en reglas relativas a los métodos de producción, por nombrar sólo unos pocos ejemplos).
Esto se llevará a cabo a través de una serie de procedimientos que incluye la cooperación entre los llamados "reguladores". Estos procedimientos se promueven como una solución al problema que plantea a corto plazo la armonización de normativas o su reconocimiento mutuo. En consecuencia, debido a que los negociadores podrían no ser capaces de llegar a un acuerdo sobre normativas comunes entre los EE.UU. y la UE en temas como las normas alimentarias, los productos químicos y la regulación financiera, mientras que las negociaciones comerciales se están llevando a cabo, la cooperación regulativa puede proporcionar un espacio a grupos empresariales y a reguladores para que alcancen resultados a su gusto una vez se haya acordado el TTIP, a largo plazo y sin demasiado escrutinio público.
La cooperación regulativa funciona en dos niveles distintos: a nivel sectorial (por ejemplo, la aprobación de los productos químicos), y a través de las normas horizontales que se aplican a todas las áreas. Los dos lobbies empresariales mencionados anteriormente han sido especialmente activos en la formulación de las normas horizontales, de lo que tratan los dos documentos filtrados. Estas propuestas son de alcance muy amplio, ya que abordan tanto leyes como regulaciones.
Los dos grupos presentaron a la Comisión una serie de propuestas en las reuniones de 2012 (enlace), que en suma les habrían proporcionado la capacidad de, en sus propias palabras, "reescribir la regulación" (enlace). Por esto, no es sorprendente que las enormes similitudes entre las propuestas de la Comisión y las de los lobistas de la industria desataran una fuerte reacción contra los onerosos privilegios concedidos a estos grupos empresariales.
Los llamados "depositarios" (stakeholders) en la cooperación regulativa
Esto no quiere decir que ningún otro grupo estará involucrado en la cooperación regulativa. Cuando la Comisión habla de la implicación de grupos de intereses en cuestiones regulativas, emplea el término neutral "depositarios" (stakeholders). Esto hace referencia, claro está, a todo tipo de depositarios, incluidos sindicatos y ecologistas. En cambio, si uno toma en consideración que la aplastante mayoría de los lobbies en Bruselas representan a las corporaciones, queda claro que "involucrar a los depositarios" no es más que una expresión usada para dar más cancha a los lobbies corporativos para que influyan en la creación de políticas. Experiencias anteriores sobre involucrar a los "depositarios" (stakeholders) en la cooperación regulativa entre la U.E y los E.E.U.U. muestran que estos procesos son fácilmente accesibles a grandes corporaciones y a menudo están cerrados para otros grupos de interés. Por último, pero no por ello menos importante: la agenda de la cooperación regulativa está dirigida sobre todo y principalmente a promover el comercio y no a asegurar los derechos de los consumidores, la salud pública o cualquier otro objetivo de política pública.
La Comisión Europea mantiene su posición
La cooperación regulativa proporcionará a los grupos empresariales una serie de instrumentos que les permitirán influir el desarrollo de las nuevas leyes y regulaciones, e incluso las ya existentes. Cuando el nuevo texto (enlace) se lee bajo esta perspectiva, no supone ninguna mejora. Quizá lo contrario. Los aspectos más espinosos de la recientemente filtrada propuesta pueden describirse por medio de cuatro puntos:
1. Con el aviso temprano, el lobbying empieza antes
De acuerdo con la propuesta, en cuanto una nueva regulación empieza a estudiarse, los grupos empresariales han de ser informados por medio de informes anuales, y deben estar involucrados. Esto se llama ahora "información temprana sobre acciones en planificación"; hasta hace poco se llamaba "aviso temprano". Incluso en el periodo de planificación, "la Parte reguladora" tiene que ofrecer a los lobbies de las empresas que se ven afectadas por la legislación o regulación una oportunidad para "proporcionar su perspectiva". Esta perspectiva "se tomará en cuenta" cuando la propuesta se finalice (artículo 6). Esto significa que las empresas pueden, por ejemplo, intentar bloquear en las primeras fases las normas que intenten evitar que la industria alimenticia ponga en el mercado alimentos con sustancias tóxicas, las leyes que persiguen evitar que las corporaciones energéticas destruyan el clima o las regulaciones para combatir la polución y proteger a los consumidores.
2. Evaluación del impacto: que las reglas no sean perjudiciales para el negocio
Las nuevas regulaciones deberán someterse a una "evaluación de impacto" que estará compuesta por tres cuestiones (artículo 7, una versión reducida del siete en la primera propuesta ): - ¿Cómo se relaciona la propuesta legislativa con los instrumentos internacionales?- ¿Cómo se han tomado en consideración las regulaciones existentes o planificadas por la otra Parte?- ¿Qué impacto tendrá la nueva regulación en el comercio o las inversiones? Esas cuestiones favorecen principalmente los intereses de las empresas, no de los ciudadanos. Gracias al procedimiento de "aviso temprano", las empresas pueden asegurarse de que sus intereses sean incluidos en el informe y, en caso de que fuera contrario a sus intereses, el informe tendrá que citar un impacto nocivo sobre el comercio transatlántico.
3. Intercambios regulativos: diálogos que ayudarían a las empresas a salirse con la suya
El modelo presentado por los negociadores de la UE le ofrece a las grandes corporaciones muchos instrumentos que les permitirán protestar contra un "acto previsto o planificado" y contra regulaciones en fase de estudio (artículos 9 y 10). En particular, un "intercambio regulativo" debe llevarse a cabo si la Parte está descontenta con el efecto que la norma propuesta tiene sobre sus intereses comerciales. Un diálogo debe darse y la Parte cuyas normas son criticadas debe cooperar y tiene que estar preparada para responder cualquier pregunta.
En una propuesta anterior, el documento de posición de 2013 (enlace), se hacía explícito que cuando los estados miembros de la UE vayan a adoptar regulaciones nuevas que afecten al comercio, ha de darse un diálogo para "resolver problemas de forma efectiva". En la nueva propuesta el modus vivendi dado ese escenario ha quedado sin precisar.
4. El Cuerpo de cooperación regulativa: los reguladores en el asiento del conductor
Los "reguladores" tendrán el papel clave. En la parte europea será la Comisión Europea y en la americana serán los representates de la llamada Office of Information on Regulatory Affairs (OIRA), de acuerdo con el documento de posición de 2013. Una vez que quede establecida la estrecha cooperación entre las corporaciones y las agencias de regulación tanto en EEUU como en la UE, este empoderamiento de los cuerpos regulativos ayudaría a asegurar una impacto mayor de las corporaciones en la política.
El Regulatory co-operation Body (RCB) del TTIP, antes conocido como "Regulatory co-operation Council" tendrá la responsabilidad global sobre la cooperación regulativa, y una de sus obligaciones será "tomar seriamente en consideración" las propuestas de las corporaciones sobre regulaciones tanto existentes como futuras (artículo 15)
La cooperación regulativa no solo se ocupará de la nueva regulación, sino también de las normas ya existentes. En consecuencia, este movimiento hacia la "convergencia regulativa" es un proyecto muy grande. Es responsabilidad del RCB asegurarse de que el proceso completo de convergencia entre las regulaciones de EEUU y de la UE avanza, ya sea asegurándose de que se producen y se adoptan reglas de armonización (o de reconocimiento mutuo), ya sea a través de propuestas que solventen las diferencias en sectores particulares. Para esta última tarea, puede apoyarse en el trabajo de los "grupos de trabajo sectoriales", identificados en un estadío previo por la Comisión como el tipo de grupo al que las corporaciones pueden tener " acceso privilegiado" (enlace). Otra opción para las corporaciones es simplemente desarrollar sus propias propuestas, propuestas que el RCB tendría entonces que tomar seriamente en consideración (artículo 15).
El Regulatory co-operation Body (RCB) está llamado a convertirse en una institución poderosa, a pesar de que no podrá iniciar acciones legales por sí mismo. La propuesta no es clara, sin embargo, acerca de la división de competencias entre los cuerpos electos, parlamentaria o gubernamentalmente, y el RCB mismo. Meramente se menciona un "Joint Ministerial Body" al que el RCB ha de informar.
Parece que hay pocos límites
Claramente, la Comisión intenta conseguir una propuesta muy ambiciosa, la cooperación regulativa va a tener fuerza y va a cubrir un área amplia de creación de políticas. Si solo fuera por los negociadores de la UE, la cooperación regulativa se extendería, incluso, a las autoridades regionales y municipales. En la propuesta de diciembre de 2014 (enlace), la Comisión sugiere, "los partidos deberán esforzarse para garantizar el cumplimiento por parte de las autoridades de este Capítulo a niveles de gobierno inferiores al nivel de miembro de la UE o de los EEUU", i.e. autoridades regionales y municipales. Esto ampliaría considerablemente el ámbito de la cooperación regulativa, pudiendo afectar al urbanismo, adquisiciones públicas, recursos naturales y políticas medioambientales a nivel local.
Hasta ahora, por contra, parece que esta propuesta de la Comisión ha sido rechazada por sus estados miembros y está, por el momento, fuera de la mesa. En el último documento, el texto sobre autoridades regionales ha sido eliminado o suavizado considerablemente, supuestamente debido a la oposición de varios estados miembros.
La cooperación regulatoria es una amenaza para la democracia
En suma, la cooperación regulativa merece toda la atención que pueda recibir de las ONGs, y de los movimientos sociales, pero también de los legisladores en Europa cuya futura influencia se verá, de facto, limitada por la cooperación regulativa. Los documentos hechos públicos hasta ahora, revelan una historia sobre negociadores que intentan modificar los procesos de toma de decisiones para mejorar el comercio y las inversiones, con escasa consideración hacia las consecuencias que esto tendrá sobre nuestras instituciones democráticas. De hecho, sugieren procedimientos complejos para ajustarse a los intereses de las corporaciones. La declaración en la ficha técnica de la Comisión de que "el derecho a regular sobre el interés público está salvaguardado", tiene poca base a la vista de este documento filtrado. Este documento muestra que el objetivo de la cooperación regulativa en el TTIP podría incluso poner en peligro el derecho a legislar en niveles regionales y municipales.
Documentos filtrados:
Diciembre 2014
http://corporateeurope.org/sites/default/files/231214_regulatory_coherence_draft_proposal.pdf
Enero 2015 http://corporateeurope.org/sites/default/files/attachments/ttip-eu-regulatory-coherence-draft-proposal-23.01.15.pdf
Artículos relacionados:
Fuente: http://es.sott.net/article/35609-Nuevas-filtraciones-del-TTIP-muestran-las-amenazas-que-el-tratado-supone-para-la-democracia-y-la-soberania-popular
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